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La Cumbre de las Personas de Color sobre el Liderazgo en torno al Medio Ambiente, de 1991 (1991 People of Color Environmental Leadership Summit) adoptó Principios de la Justicia Ambiental que abarcaron una amplia gama de temas. La Justicia Ambiental se definió en terminos generales como la "búsqueda de la justicia equitativa y la protección igual bajo todas las leyes y reglamentos en materia del medio ambiente, sin discriminación con base en la raza, el origen étnico y/o la condición socioeconómica" y también como uno de los cuatro conceptos relacionados, incluyendo la equidad ambiental, el racismo ambiental y el clasismo ambiental.
La definición de injusticia ambiental utilizada por la Agencia de Protección al Medio Ambiente de los EE.UU.(U.S. Environmental Protection Agency) se enfoca en "la carga desproporcionada de consecuencias ambientales negativas" que surgen, ya sea directamente de las "operaciones industriales, municipales y comerciales," o, indirectamente, por la forma en que "las políticas y programas federales, estatales, locales y tribales" se llevan a cabo. La definición de la Asociación Nacional de Gobernadores se concentra más puntualmente en la "protección de las comunidades de personas de minorías étnicas y de bajos ingresos para evitar que éstas toleren una carga desproporcionada de la contaminación."
La Junta Directiva de la Defensa Ambiental (Board of Trustees of Environmental Defense), que patrocina a Scorecard, ha adoptado una Declaración sobre su Política de Justicia Ambiental.
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